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domingo, 6 de febrero de 2011

Tema 3: Estructura Orgánica del Centro Escolar



DOCUMENTOS SOBRE LOS LOS DISTINTOS ÓRGANOS QUE COMPONEN LA ORGANIZACIÓN ESCOLAR: 




EQUIPO DIRECTIVO

¿Quién integra el Equipo Directivo en los centros públicos? 
1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas. 


2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas. 


3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro. 


4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director. 


5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación. 
¿Cuales son las competencias del Director? 
Son competencias del director: 


a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. 


b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar. 


c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro. 


d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. 


e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. 


f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artícu­lo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros. 


g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos. 


h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado. 


i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias. 


j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas. 


k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro. 


l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa. 
¿Cómo se elige al Director de los colegios públicos? 
1. La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa. 


2. Dicho proceso debe permitir seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la comunidad educativa. 


3. La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro. 


4. La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad. 
¿Cuales son los requisitos para presentarse a Director? 
1. Serán requisitos para poder participar en el concurso de méritos los siguientes: 


a) Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente. 


b) Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un periodo de igual duración, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta. 


c) Estar prestando servicios en un centro público, en alguna de las enseñanzas de las del centro al que se opta, con una antigüedad en el mismo de al menos un curso completo al publicarse la convocatoria, en el ámbito de la Administración educativa convocante. 


d) Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo. 


2. En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en los que impartan enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o las dirigidas a personas adultas con menos de ocho profesores, las Administraciones educativas podrán eximir a los candidatos de cumplir alguno de los requisitos establecidos en el apartado 1 de este artículo. 
¿Cómo se selecciona al Director? 
1. Para la selección de los directores en los centros públicos, las Administraciones educativas convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de valoración de los méritos del candidato y del proyecto presentado. 


2. La selección será realizada en el centro por una Comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del centro correspondiente. 


3. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de vocales de las comisiones. Al menos un tercio de los miembros de la comisión será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del Consejo Escolar que no son profesores. 


4. La selección del director, que tendrá en cuenta la valoración objetiva de los méritos académicos y profesionales acreditados por los aspirantes y la valoración del proyecto de dirección, será decidida democráticamente por los miembros de la Comisión, de acuerdo con los criterios establecidos por las Administraciones educativas. 


5. La selección se realizará considerando, primero, las candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia. En ausencia de candidatos del centro o cuando éstos no hayan sido seleccionados, la Comisión valorará las candidaturas de profesores de otros centros. 
¿Cómo se nombra al Director? 
1. Los aspirantes seleccionados deberán superar un programa de formación inicial, organizado por las Administraciones educativas. Los aspirantes seleccionados que acrediten una experiencia de al menos dos años en la función directiva estarán exentos de la realización del programa de formación inicial. 


2. La Administración educativa nombrará director del centro que corresponda, por un periodo de cuatro años, al aspirante que haya superado este programa. 


3. El nombramiento de los directores podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos. Los criterios y procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos. 


Artículo 137. Nombramiento con carácter extraordinario. 


En ausencia de candidatos, en el caso de centros de nueva creación o cuando la Comisión correspondiente no haya seleccionado a ningún aspirante, la Administración educativa nombrará director a un profesor funcionario por un periodo máximo de cuatro años. 
¿Cuando cesa el Director? 
El cese del director se producirá en los siguientes supuestos: 


a) Finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de la prórroga del mismo. 


b) Renuncia motivada aceptada por la Administración educativa. 


c) Incapacidad física o psíquica sobrevenida. 


d) Revocación motivada, por la Administración educativa competente, a iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo de director. En todo caso, la resolución de revocación se emitirá tras la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar. 
Reconocimiento de la función directiva 
1. El ejercicio de cargos directivos, y en especial del cargo de director, será retribuido de forma diferenciada, en consideración a la responsabilidad y dedicación exigidas, de acuerdo con las cuantías que para los complementos establecidos al efecto fijen las Administraciones educativas. 


2. Asimismo, el ejercicio de cargos directivos, y, en todo caso, del cargo de director será especialmente valorado a los efectos de la provisión de puestos de trabajo en la función pública docente. 


3. Los directores serán evaluados al final de su mandato. Los que obtuvieren evaluación positiva, obtendrán un reconocimiento personal y profesional en los términos que establezcan las Administraciones educativas. 


4. Los directores de los centros públicos que hayan ejercido su cargo con valoración positiva durante el periodo de tiempo que cada Administración educativa determine, mantendrán, mientras permanezcan en situación de activo, la percepción de una parte del complemento retributivo correspondiente en la proporción, condiciones y requisitos que determinen las Administraciones educativas. 








ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE



Departamentos de Coordinación Didáctica 
Composición y funcionamiento 
10. Los departamentos de coordinación didáctica son los órganos encargados de 
organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, asignaturas o 
módulos que tengan asignados, con especial incidencia en aquéllas que 
promuevan el refuerzo de las relaciones interculturales a través de los 
currículos. 
11. Se podrán constituir los departamentos de artes plásticas, ciencias naturales, 
educación física y deportiva, filosofía, física y química, francés, geografía e 
historia, inglés, latín y griego, lengua castellana y literatura, matemáticas, 
música y tecnología, siempre que cuenten con la correspondiente dotación de 
profesorado especialista. 
El establecimiento del departamento de la lengua propia del país, así como 
de otros departamentos no relacionados anteriormente, estará supeditado a 
la expresa autorización de la Secretaría General Técnica o a que así lo 
determinen los Convenios internacionales firmados. 
En los centros en los que se imparta formación profesional específica, se 
constituirán departamentos de familia profesional. Estos agruparán a los 
profesores que impartan formación profesional específica en ciclos formativos 
de una misma familia profesional y que no pertenezcan a otro departamento. 
12. Cada departamento de coordinación didáctica estará integrado por los 
profesores que pertenezcan al mismo y por los profesores adscritos a él. 
Pertenecerán a un departamento de coordinación didáctica los profesores de 
la especialidad que tenga atribuida la impartición de las enseñanzas de las 
áreas, asignaturas o módulos profesionales asignados al mismo. 
Además, estarán adscritos los profesores que, aun perteneciendo a otro 
departamento, impartan alguna área o asignatura del primero. 
Aquellos profesores que posean más de una especialidad o que ocupen un 
puesto asociado a varias especialidades pertenecerán al departamento al que 
corresponda el puesto que ocupan, por concurso o por cualquier otro 
procedimiento, con independencia de que, en su caso, pudieran estar 
adscritos a otros departamentos en los términos arriba indicados. 
13. Cuando en un departamento se integren profesores de más de una 
especialidad, la programación e impartición de las áreas, asignaturas o 
módulos profesionales atribuidos a cada especialidad corresponderá a los 
profesores respectivos. 
14. Cuando en un centro se impartan asignaturas o módulos profesionales que 
no estén asignados a un departamento, o bien puedan ser impartidas por 
profesores de distintos departamentos y la prioridad de su atribución no esté 
establecida por la normativa vigente, el Director, a propuesta de la comisión 
de coordinación pedagógica, adscribirá dichas enseñanzas a uno de los 
departamentos establecidos en el centro. Este departamento será el 
responsable de resolver todas las cuestiones relativas a ese módulo 
profesional o asignatura. La adscripción se incluirá en la correspondiente 
programación general anual. 
15. En los centros integrados, cuando un maestro imparta algún área en primero 
y/o segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria éste se integrará en 
el departamento respectivo. Así mismo, según se establece en el punto 3 de 
estas Instrucciones, los coordinadores de ciclo y los demás maestros se 
podrán incorporar a los departamentos de coordinación didáctica, con objeto 
de que las programaciones didácticas se organicen y comprendan la 
enseñanza desde el primer curso de Educación Primaria hasta segundo de 
Bachillerato. 
16. Los departamentos celebrarán reuniones semanales, que serán de obligada 
asistencia para todos sus miembros. Al menos una vez al mes, las reuniones 
de los departamentos tendrán por objeto evaluar el desarrollo de la 
programación didáctica y establecer las medidas correctoras que esa 
evaluación aconseje. Lo tratado en estas reuniones será recogido en las 
actas correspondientes, redactadas por el Jefe del departamento. Los Jefes 
de los departamentos unipersonales evaluarán el desarrollo de la 
programación didáctica y establecerán las modificaciones oportunas, todo lo 
cual será recogido en un informe mensual. 
Con objeto de garantizar una mínima coordinación interdisciplinar y facilitar 
una mejor integración de los contenidos, los Jefes de estudios organizarán 
reuniones periódicas de Jefes de departamento por amplios campos de 
conocimiento, especialmente en los relativos a Lengua castellana con Lengua 
propia del país, o Geografía e Historia con algún área de ciencias sociales del 
país. 
17. Los Jefes de estudios, al confeccionar los horarios, reservarán una hora 
complementaria a la semana en la que los miembros de un mismo 
departamento queden libres de otras actividades. Esta hora figurará en los 
respectivos horarios individuales. 
18. Los departamentos recogerán en una sucinta memoria, que se ajustará a las 
directrices recogidas en la programación general anual, la evaluación del 
desarrollo de la programación didáctica y los resultados obtenidos. La 
memoria, redactada por el Jefe de departamento, será entregada al Director 
antes del último día fijado en el calendario escolar para las actividades de 
finalización del curso, y será tenida en cuenta en la elaboración de la 
programación general anual y, en su caso, en la revisión del proyecto 
curricular del curso siguiente, así como en la programación didáctica. 
Nombramiento y cese de los Jefes de departamento de coordinación 
didáctica 
19. Los Jefes de los departamentos de coordinación didáctica serán designados 
por el Director. La designación recaerá por este orden: 
a) en un funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, 
adscrito al centro por concurso y que pertenezca al departamento de que 
se trate. En el caso de que haya más de un Catedrático, la jefatura será 
desempeñada por el que designe el Director oído el departamento; 
b) en un funcionario del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, 
adscrito al centro por concurso y que pertenezca al departamento de que 
se trate. En el caso de que haya más de uno, la jefatura será 
desempeñada por el que designe el Director oído el departamento; 
c) en un funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, 
perteneciente al departamento de que se trate y destinado en el centro en 
comisión de servicios; 
d) en un funcionario del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, 
perteneciente al departamento de que se trate y destinado en el centro en 
comisión de servicios; 
e) en un profesor que pertenezca al departamento, que ejercerá las 
funciones de jefatura a título de suplente con carácter excepcional y 
temporal, por un período de un curso escolar. 
20. Los Jefes de los departamentos de coordinación didáctica desempeñarán su 
cargo durante el mandato del Director que los designó y cesarán en sus 
funciones: 
a) cuando por cese del Director que los designó, se produzca la elección de 
un nuevo Director; 
b) por renuncia motivada aceptada por el Director; 
c) por revocación del Director a propuesta del departamento, mediante 
informe razonado y con audiencia del interesado; 
d) por revocación del Director, oído el departamento, mediante informe 
razonado y audiencia del interesado; 
e) por finalización del periodo de adscripción al exterior. 
21. Producido el cese de cualquier Jefe de departamento, el Director del centro 
procederá a designar al nuevo Jefe de departamento, de acuerdo con lo 
establecido en estas Instrucciones.







Hay tres diferentes ámbitos de autonomía del centro escolar:
- Ámbito pedagógico: con el proyecto educativo
Tanto los colegios públicos como los privados, necesitan tener un proyecto educativo, en el que se debe incluir un proyecto de gestión y una programación del aula.

- Órganos de gobierno




- Órganos de coordinación docente





- Órganos de representación.





ENTREVISTAS (REALIZADAS EN LOS SEMINARIOS, YO PERTENEZCO AL GRUPO DE COORDINADORES):

ENTREVISTA COORDINADOR DE PRIMARIA

Competencias básicas de un coordinador de primaria:


- Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa.
- Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos de cada ciclo.
- Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular de etapa.
- Otras funciones que encomiende el jefe de estudios y estén dentro de sus competencias.

Entrevista:

¿Crees que tu labor en el centro es esencial?

Sí, ya lo creo. Me encargo de coordinar la labor de los demás profesores de primaria y soy el primero en recibir los problemas que puedan tener los tutores y hablar con los padres si es necesario.

¿Cuál consideras que es la función más importante de un coordinador de primaria?

Realmente, todas son importantes y no descartaría ninguna, pero si tengo que elegir, elijo la de coordinar todas las actividades educativas de ciclo, es decir, abarco casi todas mis funciones diciendo eso.

¿En qué te basas para las tutorías? ¿Y para realizar la evaluación de los alumnos?

Me baso en el Plan de Acción Tutorial y en el Proyecto Curricular del Centro. Me reúno con los tutores y especialistas y ya con la información que tenemos organizamos y evaluamos, pero siempre de acuerdo con el P.A.T. y el Proyecto.

¿Qué te ha motivado para elegir ser coordinador de la etapa de primaria?

Pues, realmente yo no elijo por voluntad propia. Me eligen a mí, tras reunirnos los componentes del Centro. Pero, es cierto que, mi motivación influyó en que mis compañeros me eligieran. Soy una persona muy perfeccionista y ordenada y creo mucho en las normas de la sociedad. Creo que son motivos suficientes para que me guste y quiera ser coordinador.


ENTREVISTA A LA DIRECTORA

¿Qué es lo que le lleva más tiempo en su trabajo?

En nuestro centro todavía no tenemos administrativos y las tareas burocráticas y administrativas recaen sobre mí. Es todo lo relacionado con las becas, escolarización, matrículas, informes para otros centros de alumnos que se van del colegio, expedientes, etc. Es lo más aburrido y lo que lleva más tiempo.

¿Qué colectivo es el que le da mayores quebraderos de cabeza?

Sin lugar a dudas, los profesores. Por ejemplo, cuando protestan por las sustituciones que tienen que hacer (en caso de que falte algún profesor), o cuando tengo que llamar a algún profesor que no hace las exclusivas (los profesores tienen que hacer cinco horas lectivas y una obligatoria de permanencia en el centro sin clase. Esta hora se utiliza para los claustros, reuniones con los padres, reuniones de ciclo, comisión de coordinación pedagógica, etc).

¿Qué es lo que le da más satisfacciones?

Lo que más me gusta es el poder resolver problemas que puedan surgir y el poder llevar a cabo un proyecto del centro.

¿Cuál es el proyecto que más le gusta de los que se realizan en el centro?

El mejor proyecto es uno que lleva realizándose durante casi diez años y resulta muy innovador. Es el proyecto de convivencia que se hace mediante asambleas de clase con delegados y profesores-tutores de toda primaria. La clase se reune con su profesor-tutor una vez a la semana y tratan sobre los problemas que pueda haber en la clase, tanto a nivel individual como entre los compañeros y también los problemas que puedan surgir fuera de clase. Los delegados también se encargan de llevar propuestas para hacer cosas en común en el centro. Por ejemplo, antes de carnaval, se hace un concurso de carteles. Cada clase presenta el suyo. 

Hay reunión cada quince días de delegados y dos profesores encargados. Aquí es dónde se elaboran las propuestas, se plantean los problemas que tienen que ver con el centro (los problemas de clase se resuelven en la propia clase). Este proyecto está siendo muy positivo. Los niños aprenden a debatir, a discutir, a tomar acuerdos, a respetar al otro, a expresar opiniones, a resolver conflictos, etc.

ENTREVISTA AL JEFE DE ESTUDIOS.

¿Cuál es la función que le parece más importante de su cargo?

Conseguir dinamizar al claustro de profesores implicándolos tanto a nivel proporcional como personal en la consecución de formar personas.

¿Compagina su cargo con impartir clases magistrales?

Sí, se compagina el cargo bien impartiendo clases o bien participando en la ejecución de los programas que se realizan en el centro (dependiendo del número de unidades que tenga el centro).

¿Es flexible su horario?

El horario va más allá del impuesto por la administración. Se puede considerar cierta forma flexible a que según las necesidades del centro; algunas horas de dedicación a la jefatura de estudios se puedan dedicar a la actividad que sea prioritaria en un momento dado.

¿Tienes las mismas vacaciones que un maestro?

No, el jefe de estudios debe junto con el resto del equipo directivo permanecer 10 ó 15 días más en el centro durante el mes de julio para acabar de organizar toda la documentación que se precisa.

¿Cobras más que un profesor?

Sí, pero poco más.

¿Cree que está bien remunerado el cargo de jefe de estudios?

No está bien remunerado para la responsabilidad que supone y el tiempo que tienes que dedicar que está fuera del horario escolar tanto lectivo como no lectivo. Pero ser jefe de estudios implica vocación por encima de todo lo demás.

¿Qué aportaciones hace el jefe de estudios en un proyecto curricular del centro?

El jefe de estudios coordina la elaboración del proyecto curricular del centro cuidando que la concreción curricular que se hace esté de acuerdo a las necesidades de los alumnos y a la vez desarrollen los contenidos que exige la CAM.

¿Puede el jefe de estudios tomar decisiones principales en ausencia del director?

Sí, porque el jefe de estudios realiza la función del director en su ausencia.

¿Quién elige al jefe de estudios?

En un colegio público el director, por eso es importante que haya un buen entendimiento por parte del equipo directivo y las mismas tendencias a nivel de aprendizaje.

¿Tiene que cuidar el recreo el jefe de estudios?

No les corresponde por ley, pero lo hace normalmente.

¿Además de las funciones organizativas y docentes el jefe de estudios es responsable del servicio del comedor?

Sí, junto con el secretario y el director asumen la responsabilidad de que en el comedor existe orden y disciplina siendo el enlace de comunicación entre las familias y los monitores/as del comedor.

ENTREVISTA AL SECRETARIO ESCOLAR

¿Cuál es la labor más importante que desempeñas en tu puesto de trabajo?

Desde mi punto de vista además de realizar las tareas administrativas propias de mi cargo creo que otra función muy importante es la de atender a las familias, profesores y alumnos.

¿Cuáles son los problemas más habituales?

Al tener un trato directo con familiares, los mayores problemas suelen surgir a este nivel, sobre todo en época de escolarización, donde acude mucha gente en busca de información. Desde mi punto de vista creo que la labor más importante además de realizar las tareas administrativas propias de mi cargo, es la atención a las familias y profesores.

¿Cómo organizas tu día a día?

Lo primero que hago es sacar los vales de comedor y revisar el inventario y tareas pendientes a realizar. Durante todo el día me dedico también a la atención telefónica y personal de familiares, además solucionar los problemas que puedan ocurrir entre alumnos, profesores, etc.

¿Qué época del curso es en la que hay más trabajo? ¿Por qué?

Aunque normalmente tengo mucho trabajo la peor época es Junio y Septiembre. Porque a principios de curso hay mucho trabajo (horarios, cobro de recibos, actividades extraescolares, adquirir material nuevo, escolarización, familias que trasladan a los niños al centro y piden información). Y a finales de curso también (matrículas, becas, boletines de notas...)


ENTREVITA A LA PRESIDENTA DEL AMPA

¿Cómo has llegado a ser presidente del AMPA?

Lo primero de todo es realizar una candidatura y presentarla y en segundo lugar, ante toda la asamblea, es elegido/a a votación por todos los miembros del AMPA.

¿En qué consiste este cargo?

Soy el que me encargo de representar a los padres en el Consejo Escolar, además debo lleva sus propuestas, así como las críticas y las dudas que tengan los padres respecto a las actuaciones del centro escolar.

¿Cómo y cuándo se realizan las reuniones?

Se realizan trimestralmente o cuando surjan temas que sean debatidos.

¿Cuántos miembros tiene que tener el AMPA?

No tiene un número determinado de miembros, pero va a depender principalmente del tamaño del colegio. Está formada por el presidente/a y los vocales.

¿Cuándo no se llega a un acuerdo, qué criterio se sigue?

Todas las decisiones que se toman en el AMPA se realizan por votaciones, si no hay consenso no siguen adelante.

¿Existe alguna diferencia entre AMPA de colegios públicos y privados?

En un principio no debería haber ninguna diferencia salvo que en algunas tiene representación el equipo directivo, en los centros públicos las AMPAS tiene plena autonomía.



YO HE ELEGIDO LA PELÍCULA "DIARIOS DE LA CALLE"






Está basada en hechos reales, y está relacionada con la organización en el aula porque la profesora organiza la materia escribiendo un diario personal en el que los alumnos escriben sus vivencias, adaptando materia (como les hace leer el diario de Anna Frank) a la situación en la que se encuentran sus alumnos y en el contexto en el que está el colegio, que es un instituto marginal de Los Ángeles.






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